dimarts, 11 de novembre del 2008

CONDENADOS POR ASESINAR A UNA MUJER, QUEMÁNDOLA VIVA

Según noticia de la agencia Efe, la Audiencia de Barcelona ha condenado a 17 años de prisión por un delito de asesinato a O. P. y a R. P., los dos jóvenes que en 2005, junto a un menor de edad, rociaron con líquido inflamable y quemaron viva a una mujer en un cajero automático.

La sentencia condena a los jóvenes por un delito de "asesinato cualificado con alevosía", por el que les impone 16 años a cada uno, y otro de daños por los desperfectos que causaron en el cajero automático, por el que les impone otro año de cárcel. El tribunal argumenta que la aplicación de la pena de asesinato se toma en consideración del "dolor intenso causado a la víctima y la gravedad de los hechos", que acabaron con la muerte de M. R. E., Charo, a los 50 años.

Frente a las alegaciones de los dos acusados durante el juicio, en el sentido de que nunca pretendieron matar a la mujer y que su intención era solo molestarla, el tribunal rebate que los jóvenes "actuaron conscientes de la altísima probabilidad de la muerte de la mujer y no obstante actuaron en consecuencia y con el resultado antedicho".

Argumentan además los jueces que la víctima carecía de posibilidades de defensa, puesto que "se hallaba tendida en el suelo del cajero, dormitando, por lo que se hallaba en situación de desvalimiento".

Si bien los magistrados consideran que los condenados eran muy jóvenes cuando cometieron el crimen (18 años ambos) resaltan también que su conducta fue "in crescendo y por turnos, distribuidos y aceptados por los intervinientes, a modo de violencia jocosa, sin límite, en proceso de degradación del más débil".

Para acceder al cajero, el menor, al que no había visto antes la indigente, golpeó la puerta del recinto con gestos de necesitar utilizar el cajero automático para que la mujer le dejara pasar mientras los otros dos jóvenes estaban escondidos.

Previamente, dos de ellos se apoderaron de un bidón que estaba en un andamio cercano y que contenía como mínimo cinco litros de disolvente compuesto de sustancias que aceleran la combustión, y que los acusados olieron "con plena conciencia de la alta probabilidad de acabar con su vida" (de la indigente).Dice la sentencia que, tras verter el líquido cerca de la mujer, R. P. procedió a tirar una colilla que portaba, causando una potente deflagración que incendió a la mujer, momento en que los dos acusados y el menor abandonaron el lugar "sin que ninguno de ellos auxiliara o requiriera el auxilio para la víctima".

El tribunal desestima, sin embargo, la agravante de ensañamiento en los dos acusados puesto que no consta que ejecutasen de modo deliberado y consciente actos dirigidos "al aumento del sufrimiento de la víctima".

La sentencia declara a ambos individuos responsables civiles y les condena a indemnizar conjuntamente a la madre de la indigente, y a la hija, con 46.000 euros por el daño moral. El tribunal condena también a los dos acusados a pagar 26.719 euros a La Caixa por los daños ocasionados en el cajero. Por este crimen ya fue condenado con anterioridad el menor de edad en el momento de ocurrir los hechos Juan José M., que cumple ocho años de internamiento en un centro de menores, la máxima pena que se puede imponer a los menores de 18 años.

(Información de la Agencia Efe)

Yo no soy nadie para juzgar, ya lo ha hecho la Audiencia, pero actos así nos advierten que la violencia, la intolerancia y el fascismo habitan entre nosotros, y hay que actuar con toda la contundencia de la ley para frenarlos, si no queremos lamentarlo después. Cuidado.